En el marco del Plan Estratégico Institucional (PEI), la Dirección de Marcas y Señales de Ganado de la Corte Suprema de Justicia informa de la celebración de jornadas de inscripción y entrega de títulos de propiedad en el departamento de Boquerón.
Las actividades comenzarán el miércoles 10 y el jueves 11 de septiembre en el Taller de Costura, ubicado en la ciudad de Mariscal José Félix Estigarribia. El mismo servicio se prestará el viernes 12 de septiembre en la Unidad Zonal de SENACSA ubicada en la ciudad de Loma Plata. El horario establecido para esta jornada es de 7:00 a 13:00 h.
Esta actividad se enmarca en el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Dirección de Marcas y Señales, el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA) y la Asociación Rural del Paraguay (ARP), en cumplimiento del Plan Quinquenal 2021-2025 de acercamiento a la ciudadanía impulsado por la Corte Suprema de Justicia.
Ante cualquier duda o consulta, los interesados pueden obtener más información llamando al teléfono (0981) 981-593.
Es importante mencionar y recordar que la Dirección de Marcas y Señales de Ganado cuenta con oficinas en todos los departamentos del país, ubicadas en las respectivas sedes judiciales, y que ofrece un servicio eficaz y descentralizado.
En el departamento de Boquerón, la oficina de Marcas y Señales de Ganado se encuentra en la sede de la circunscripción de Boquerón, ubicada en la calle Unruh, entre las calles Miller y Pdte. Gondra, en la ciudad de Filadelfia. El horario de atención es de lunes a viernes de 7:00 a 13:00 hora.
Requisitos para inscripción y reinscripción de señales y marca.
En el caso de personas jurídicas (empresas), deben presentar la copia de la constitución de la sociedad, el acta de la última asamblea, el RUC y la fotocopia del documento de identidad del representante legal.
También se debe presentar un comprobante de SENACSA: una constancia o el acta de vacunación más reciente que acredite que el solicitante está al día con sus obligaciones con esta institución.
Además, se debe presentar un documento que acredite la propiedad o la ocupación legal de un inmueble rural. Si el trámite no lo realiza el propietario, se puede utilizar una carta poder con firma certificada por un escribano público o juez de paz.
Es importante mencionar que no es necesaria la firma de un abogado o notario, solo deben firmar los solicitantes. Si el solicitante no sabe firmar, dos testigos pueden firmar en el formulario con sus firmas certificadas por notario.
Según la Ley Nº 2576, la cesión o transferencia de toda marca y señal debe realizarse a través de una escribanía pública o por sentencia judicial.
